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Tasas de Extranjería.


Cuantías de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, visados en frontera y documentos a que se refiere la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
Importe de cada una de las tasas que deben pagarse para los trámites de extranjería
El pasado día 1 de julio se publicaron en el Boletín Oficial del Estado (BOE) los nuevos importes de las tasas por autorizaciones administrativas, solicitudes de visados y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería, que dejamos a continuación:


1. Tramitación de autorizaciones para la prórroga de la estancia en España.

1.1 Prórroga de estancia de corta duración sin visado (importe base, que se incrementará en 1,02 euros más por cada día que se prorrogue la estancia). 16,32 €
1.2 Prórroga de estancia de corta duración con visado (artículo 34 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000).30,00 €

1.3. Prórroga de la autorización de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado (titular principal y sus familiares). 16,32 €

2. Tramitación de autorizaciones para residir en España.

2.1 Autorización inicial de residencia temporal. 10,20 €

I. Residencia temporal no lucrativa.

II. Residencia temporal por reagrupación familiar.

III. Residencia temporal tramitada en el marco de un procedimiento relativo a auna autorización de residencia temporal y trabajo.


IV. Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo.

V. Residencia del hijo de residente legal.

VI. Residencia del menor extranjero no acompañado que accede a la mayoría de edad.

2.2 Renovación de autorización de residencia temporal. 15,30 €

I. Residencia temporal no lucrativa.

II. Residencia temporal por reagrupación familiar.

III. Residencia temporal tramitada en el marco de un procedimiento relativo a una autorización de residencia temporal y trabajo.

IV. Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo.

2.3 Autorización de residencia temporal por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales (artículo 201 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000). 15,30 €

2.4 Autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE. 20,40 €

I. Procedimiento relativo a la obtención inicial de la autorización.

II. Procedimiento de recuperación de la titularidad de la autorización.

III. Residencia del hijo de residente legal.

2.5 Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo, protección internacional, razones humanitarias, colaboración con autoridades (incluye la colaboración contra redes organizadas), seguridad nacional o interés público, o tramtiada en base a la disposición adicional primera.4 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000. 35,70 €

parainmigrantes.info

Reglamento de Extranjería


El 30 de junio, entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería.

Esta normativa será a partir de hoy, la que determine los requisitos concretos para la realización de la mayoría de los trámites de extranjería.
Real Decreto aprobatorio y Reglamento

La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración explica en el Senado el Reglamento de Extranjería


La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, ha comparecido esta mañana en la Comisión de Trabajo del Senado, donde ha explicado el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería, que entrará en vigor el próximo 1 de julio.
Anna Terrón ha insistido en que el Gobierno seguirá trabajando para la cohesión de una sociedad diversa, en el marco del nuevo ciclo migratorio que vive actualmente España, con un importante descenso de la llegada de inmigrantes.
En el Senado, la secretaria de Estado ha explicado que el nuevo Reglamento, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 30 de abril, “da respuestas ágiles y eficaces a los retos actuales“. Anna Terrón ha señalado que el Ejecutivo sigue apostando por un modelo basado en la vinculación de la inmigración al mercado de trabajo y en la ordenación de los flujos, así como en la lucha contra la inmigración irregular.
Este Gobierno ha batallado siempre contra la irregularidad, promoviendo la entrada de ciudadanos extranjeros de forma ordenada“, ha sentenciado la secretaria de Estado. En este sentido, Anna Terrón ha destacado que en 2010 España fue el país de la Unión Europea que más accesos de ciudadanos extranjeros rechazó.
En este contexto, la secretaria de Estado ha alertado contra “las mentiras que se lanzan en este ámbito. Con ellas no pueden crearse políticas públicas eficaces“. Para la secretaria de Estado, levantar el tono sin proponer soluciones reales sólo deriva en mayores problemas de convivencia. Además, Anna Terrón ha señalado que el nuevo Reglamento es uno de los instrumentos que ha impulsado el Ejecutivo para trabajar a favor de la cohesión social. De este modo, ha recalcado que “la ciudadanía quiere crecer a partir del desarrollo económico y el empleo, y la gran mayoría entiende que ese desarrollo no puede perturbar los elementos básicos de nuestra convivencia, de la cohesión de esta sociedad diversa“.
En esta línea, la secretaria de Estado se ha referido a las valoraciones positivas que la Comisión Europea ha hecho de las políticas de integración impulsadas por el Gobierno español, en su Informe Anual sobre Inmigración y Asilo. Entre ellas, destacan los planes innovadores a nivel local ligados a los procesos de reagrupación familiar y los programas de retorno asistido.
PLAN ESTRATEGICO DE CIUDADANÍA E INTEGRACIÓN
El Ejecutivo cuenta con el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración para marcar las líneas de actuación en esta materia desde el año 2007. El PECI apuesta por la educación y las acciones socio-laborales como piezas clave a favor de la cohesión social y la plena integración. Además, garantiza un marco estable de cooperación entre el Estado y las Administraciones autonómicas y locales. “Estas acciones no se hacen para los inmigrantes, sino que se hacen para toda la sociedad”, ha recalcado Anna Terrón.
Por otro lado, en el Senado, la secretaria de Estado también ha hablado de la postura de España respecto a una posible modificación del Tratado de Schengen, y ha defendido la protección de la libre circulación de personas como uno de los pilares fundamentales de la Unión Europea. “Ante los nuevos retos, tenemos que pedir más Europa“, ha agregado Anna Terrón, convencida de que Schengen ya tiene mecanismos para regular cualquier situación, en base a criterios de seguridad y orden público. Asimismo, ha recalcado que “el foco de atención está en los países del norte de África que están registrando procesos democratizadores, y la Unión Europea debe cooperar con estos Estados“.
parainmigrantes.info

Publicado el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería en el BOE.

Finalmente el 30 de abril, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería que fuera aprobado el pasado 15 de abril.
El próximo 30 de junio, entrará en vigor dicho Reglamento.

Ver la publicación del Real Decreto 557/2011 en el BOE del 30 de abril del 2011.

ATENCION Informacion importante del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería.

Lamentablemente hemos encontrado en el articulo 124 del recién aprobado Reglamento de la Ley de Extranjería, que entrara en vigor en junio o julio,  en su párrafo 4, algo que podría llegar a significar un gran problema para quienes pretendan obtener su residencia acogiéndose a la figura del Arraigo social.
El parrafo 4 del artículo 124 de dicho Reglamento establece:

“Por Orden del titular del Ministerio de la Presidencia
a propuesta de los titulares de los Ministerios del Interior y de Trabajo e Inmigración y previo informe de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, se podrá determinar la aplicación de la situación nacional de empleo a las solicitudes de autorización de residencia temporal por razones de arraigo social.”




Este párrafo agrega a los requisitos ya establecidos para la obtención del arraigo social, la posibilidad de que mediante orden ministerial, se exija el cumplimiento del requisito de la Situación Nacional de Empleo, cosa que no se esta exigiendo al momento.
Es decir, si el contrato presentado por el extranjero refiere a una actividad que tiene demanda de trabajadores españoles o extranjeros regulares en situación de paro, se contemplará dicha situación.
Teniendo en cuenta la actual demanda de empleo en España, es aconsejable tener en cuenta este punto, ya que  el reglamento entrará en vigor en dos meses (aproximadamente).
Por tatno a quienes esten en condiciones de iniciar los trámites para este arraigo, les recomendamos se asesoren para evitar posibles sorpresas.

El Reglamento de la Ley de Extranjería, entrará en vigor dos meses después de ser publicado en el BOE

La Normativa que fue aprobada el 15 de abril del corriente, entrará en vigor dos meses después de ser publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Se estima que la publicación en el BOE será después de semana de santa.
Por tanto quienes deseen acogerse a esta normativa al iniciar sus trámites, deberán seguir esperando por lo menos hasta junio o julio.

Los inmigrantes 'sin papeles' con hijos escolarizados no podrán ser expulsados hasta fin de curso

Los inmigrantes en situación irregular que tengan hijos menores escolarizados en España no podrán ser expulsados del territorio nacional hasta que finalice el curso escolar, así como las personas enfermas y las mujeres embarazadas que lleguen clandestinamente a España tampoco podrán ser repatriadas a sus países de origen si el viaje supone un riesgo para la gestación.
   Son algunos de los preceptos que contempla el nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado el pasado viernes, en materia de régimen sancionador, donde se especifica que "en el caso de que el extranjero tenga a cargo menores escolarizados, no procederá la ejecución de la sanción de expulsión hasta la finalización del curso académico, salvo
que el otro progenitor sea residente en España y pueda hacerse cargo de ellos".
   "Igualmente, se suspenderá la ejecución de la expulsión en los casos de mujeres embarazadas cuando suponga un riesgo para la gestación o para la vida o la integridad física de la madre, o cuando se trate de personas enfermas y la medida pueda suponer un riesgo para su salud", explica el texto.
   Este principio también se aplica a las mujeres embarazadas que llegan a las fronteras españolas a bordo de pateras y cayucos, ya que el reglamento especifica que "aún cuando se haya adoptado una resolución de devolución, ésta no podrá llevarse a cabo y quedará en suspenso su ejecución" cuando se trate de gestantes y "la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o para la salud de la madre".
   Por otra parte, aunque el texto remite al desarrollo aún pendiente de un reglamento específico de funcionamiento de los centros de internamiento de extranjeros, sí desarrolla el mandato legal de restringir el ingreso a aquellas personas cuya expulsión del territorio no haya podido resolverse en un plazo de 72 horas. Si la sanción se tramita por el procedimiento ordinario, no podrá acarrear internamiento.
   Como ya recoge la Ley de Extranjería, en línea con la normativa europea, el internamiento se mantendrá "por el tiempo imprescindible para ejecutar la expulsión, que no podrá prolongarse en ningún caso más allá de sesenta días, o hasta que se constate la imposibilidad de ejecutarla en dicho plazo" y "no podrá acordarse un nuevo internamiento sobre la base del mismo expediente de expulsión".
MADRID, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

Anna Terrón: “nos es momento para que vengan inmigrantes a españa”


Anna Terrón
Secretaria de Estado de Emigración e Inmigración.
 Según informa Elperiodicomediterraneo.com, el Gobierno español considera que, con la crisis económica actual, “no es un momento para que vengan inmigrantes a España“, afirmó hoy la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración del ministerio de Trabajo, Anna Terrón. “En este momento tenemos una situación económica en España todavía difícil de la que estamos saliendo, y no dudamos que vamos a salir, pero que de momento requiere todavía esfuerzos“, dijo en una entrevista con Efe Terrón, quien se encuentra de visita en México.

Terrón recordó que 2010 fue el primero “en muchos años” en el que salieron de España más migrantes de los que llegaron, con un descenso del 1,4% de residentes extracomunitarios. Dijo que de América Latina eran más de la mitad de los 2,5 millones de residentes extracomunitarios que había en España en 2010, en su mayoría ecuatorianos, unos 369.000, pero también de Colombia, Perú, Bolivia, República Dominicana, Argentina y Uruguay.

Actualmente de esos países “no hay salidas hacia España” significativas ya que el país cuenta con “un modelo que vincula la emigración al mercado de trabajo, la misma ley ha implicado una restricción de las entradas en este momento económico“
Información extraída de parainmigrantes.info

APROBADO EL REGLAMENTO DE EXTRANJERIA


El Consejo de ministros ha aprobado este viernes el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería, que facilitará una "vuelta privilegiada" a los inmigrantes que se acojan al Programa de Retorno Voluntario a sus países y deseen regresar en un futuro.

Según ha explicado en rueda de prensa el vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, con el nuevo reglamento "se pretende ordenar nuestra inmigración, relacionarlo con el mercado de empleo y alienta el retorno voluntario". Rubalcaba ha explicado que con la reforma se hace justicia: "No es justo que los que han ayudado a España sientan que no han hecho nada aquí y que si se van, lo pierden todo".
Ha añadido que el reglamento alienta que quien tenga que volver a su país por quedar en el paro no "pierda" los años de trabajo en España, sino que eso "le cuente" si vuelve cuando sea necesaria mano de obra.
Además, ha dicho que no puede ser que un empresario contrate a un extranjero por tres años, por ejemplo, y, sin embargo, sea despedido al año siguiente.
El nuevo reglamento contempla que a las víctimas extranjeras de violencia de género que se encuentren en situación irregular en España y que denuncien a su agresor no se les incoará un expediente de expulsión hasta que no se dicte sentencia. Solo si esta resultase desfavorable para la denunciante, se iniciaría el trámite de expulsión.
20MINUTOS.ES /AGENCIAS.
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Repercusiones

parainmigrantes.info
Finalmente, y con un retraso de casi un año, hoy ha sido aprobado el Reglamento de desarrollo de la Ley de Extranjería. El texto, más técnico que otros del pasado, incorpora importantes novedades como la del arraigo familiar, nuevos supuestos de renovación de tarjetas de residencia y criterios más objetivos para resolver resoluciones administrativas por las distintas Oficinas de Extranjeros y Consulados.
El texto, fruto de un amplio diálogo, introduce mayor rigor en los procedimientos y facilita la colaboración entre administraciones.
En un nuevo contexto migratorio, la norma fortalece la cohesión social al tiempo que potencia la movilidad y el retorno voluntario. El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento de la Ley Orgánica de 11 de enero de 2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, más conocida como Ley de Extranjería.
El Reglamento de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, constituye una pieza importante de la política de inmigración del Gobierno y consolida un modelo de inmigración regular, ordenado y vinculado al mercado de trabajo.
El texto desarrolla los mecanismos de gestión previstos en la reforma de Ley Orgánica del año 2000 que el mismo Gobierno impulsó y las Cortes Generales aprobaron hace poco más de un año, y pone los medios para hacer efectivos el fortalecimiento de la cohesión social, la integración y la igualdad de derechos y deberes. El nuevo Reglamento responde a los retos del nuevo ciclo migratorio y culmina la transposición de la normativa comunitaria en materia de inmigración.
La norma que hoy se aprueba garantiza mayor rigor, objetividad y transparencia en los procedimientos administrativos de extranjería. Además, objetiva criterios necesarios para los trámites que deben realizar los ciudadanos extranjeros, agiliza los procedimientos e introduce las nuevas tecnologías en las tramitaciones.

Movilidad y promoción del retorno voluntario.

El nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería establece mecanismos para fomentar y garantizar la movilidad, así como el retorno voluntario de los ciudadanos extranjeros a sus países de origen. Igualmente, para quienes se acogen a estos programas determina un procedimiento más ágil y con más garantías.

Mayor rigor ante incumplimientos en la contratación

Por otro lado, el Reglamento también exige mayor estabilidad a los contratos entre empleadores españoles y trabajadores extranjeros. De este modo, la norma impide al empleador que no haya cumplido los compromisos asumidos contratar a otro trabajador extranjero en los tres años siguientes.

En diálogo con las administraciones y la sociedad civil

El nuevo Reglamento ha llegado al Consejo de Ministros tras el trámite de audiencia e información pública y oído el Consejo de Estado. El texto ha sido objeto de acuerdo en la mesa de diálogo social y ha sido sometido a un amplio proceso de diálogo, tanto con las Administraciones como con la sociedad civil.